Acuerdo entre la industria láctea y Atilra

Hasta medianoche. El acta

NOTICIAS27/08/2020REDACCIÓNREDACCIÓN
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En una reunión que parecía ya resuelta antes de realizarse, se vivió en realidad con mucha tensión. Tuvo muchos momentos en lo que todo estuvo a punto de explotar y terminar con un paro que hubiese sido desastroso para toda la cadena láctea.
Hasta el Ministro de Trabajo, Claudio Moroni, tuvo que intervenir cuando la noche ya comenzaba a caer y el fracaso era una posibilidad latente.
El gremio llegó a la reunión mostrando la carta de aceptación de varias empresas a sus peticiones, pero los mandatos que tenían los representantes del CIL y Apymel no coincidían con esos puntos e hicieron valer su representación, más allá de las dudas que Atilra venía desde hace rato sembrando.

El acta
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 26 días del mes de Agosto de 2020, siendo las 15,00 horas, comparecen al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, ante el Dr. Mariani Gustavo y la Dra. Gabriela MARCELLO, Directora Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo; por la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA LECHERA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ATILRA) comparecen los Sres. Ricardo Pecotche en su calidad de Secretario Adjunto del Consejo Directivo Nacional y el Dr. Alberto CORONEL T20 F27 CPACF, en su carácter de apoderado constituyendo domicilio en la calle Hipólito Yrigoyen 4054 mail: [email protected] y por la ASOCIACION DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS LACTEAS comparece el Ing. Pablo A. VILLANO con el asesoramiento letrado de la Dra. Maria Gabriela Moreno y por el CENTRO DE LA INDUSTRIA LECHERA comparecen los Dres. Ignacio Funes de Rioja, Ignacio CAPURRO en su carácter de paritarios, constituyendo domicilio en la calle Av. Madero 942 Piso 11 CABA Tel: 4348 4100; todos ya presentados en los presentes actuados. Ambas partes acuerdan ad referendum de las asambleas de base que se efectuarán en los próximos días, lo siguiente:1. Otorgar un incremento salarial a partir del 1ro. de Julio de 2020, del 13,6 %, calculado sobre los básicos y el adicional remunerativo vigentes en el mes de abril de 2020,2. Asimismo otorgar para los meses de agosto y setiembre del 2020, el pago de una suma por única vez, de carácter alimentario no remunerativo de un importe equivalente al 4 %, calculado sobre el básico y el adicional remunerativo, del mes de Julio de 2020.3. Otorgar para los meses de octubre y noviembre del 2020, el pago de una suma por única vez, de carácter alimentario no remunerativo de un importe equivalente al 8%, calculado sobre el básico y el adicional remunerativo, del mes de Julio de 2020.4. Otorgar para el mes de Diciembre del 2020, el pago de una suma por única vez, de carácter alimentario no remunerativo de un importe equivalente al 12%, calculado sobre el básico y el adicional remunerativo, del mes de Julio de 2020.5. Aplicar a partir del 1 de enero de 2021, un incremento de modo remunerativo a los básico y adicional remunerativo del 12%, sobre los valores vigentes al mes de Julio de 2020.6. Otorgar un pago adicional por única vez no remunerativo, para cada trabajador de la actividad sujeto a la CCT 2/88 de una suma de pesos DOCEMIL ($12.000,00), la que deberá ser abonada de la siguiente forma $3.000,00 conjuntamente con los salarios del mes de agosto, $3.000,00, con los salarios del mes de setiembre, $3.000,00 con los salarios del mes de octubre y $3.000,00 con los salarios del mes de Noviembre todos de 2020.7. Con destino a colaborar con las actividades que ATILRA brinda sobre servicios de Salud, Educación, Cultura y acciones solidarias, las empresas abonan por cada trabajador dependiente, sujeto a la CCT 2/88, la cantidad de pesos DOCE MIL ($12.000,00), los que se pagarán en 6 cuotas de $2.000,00 cada una en los
meses de Noviembre y Diciembre de 2020 y enero, febrero, marzo y abril de 2021.8. El valor de litro de leche para el periodo salarial tratado se ofrece en fijarlo en pesos CINCUENTA Y OCHO ($58,00).9. Sin perjuicio de ratificar ambas partes las claras posiciones que sobre el particular oportunamente expresaran en estas actuaciones, este Ministerio en virtud de las distintas situaciones evidenciadas en relación con el tratamiento del tiempo insumido en ocasión de las medidas de huelga realizadas, insta a las empresas de la actividad y a las seccionales de Atilra a procurar consensuar eventuales modalidades de compensación y/o recuperación de dichas horas, en los tiempos y/o modalidades que pudieran lograr definir.10- Asimismo, este Ministerio convocará en la segunda quincena del mes de marzo de 2021 a las partes a fin de iniciar negociaciones sobre las diversas temáticas que atañe a las empresas y a los trabajadores de la actividad. En estado siendo las 23,30 horas, se da por finalizado el acto, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.

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