Santa Fe y Santiago del Estero: lo que hay que saber y tener para traspasar sus fronteras

Pampa Gringa comparte con los pamperos "Convenio marco de Ingreso por Actividades Esenciales entre las provincias de Santiago del Estero y Santa Fe" firmado por ambos gobiernos.

NOTICIAS 11/10/2020 REDACCIÓN REDACCIÓN
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El 30 de septiembre los gobiernos de las provincias de Santa Fe y Santiago del Estero firmaron un “Convenio Marco” de ingreso por actividades esenciales entre ambas jurisdicciones.

Dentro del marco normativo, se resaltan las actividades consideradas esenciales que quedan fuera del cumplimiento del ASPO y de la prohibición de circular: las industrias de la alimentación, su cadena productiva e insumos, de higiene personal y limpieza, equipamiento médico, medicamentos, vacunas, y otros insumos sanitarios. Las actividades vinculadas a la producción, distribución y comercialización agropecuria y de pesca y el transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

PAUTAS

En el convenio que firma  representando al gobierno santafesino, Esteban Borgonovo y por Santiago del Estero, Alejandro Barbur -ambos ministros de gobierno- quedan establecidas las “pautas de habilitación para el ingreso” a ambas provincias

  • Serán sólo para realizar las actividades declaradas esenciales
  • No podrán exceder las cuatro veces por mes por persona
  • El tránsito se realizará sólo por las RN 34 y 98, las RP 42, 131, 196, 35, 56, 22 y el Camino Interpovincial Rural desde Colonia Mackinlay hasta Pozo del Toba
  • Al ingreso y egreso, se deberá presentar al control policial y sanitario de cada jurisdicción: DNI; Certificado único de habilitación para circular; Certificado de PCR negativo (válido por 14 días) o test rápido IgM e IgG para sarsCov2 con resultado No Reactivo para cada persona que ingrese. En este punto, el convenio resalta que “cada Gobierno facilitará la realización de los test a todos aquellos que tengan residencia en su respectiva provincia." También estipula que se debe presentar “declaración jurada firmada que las personas autorizadas no usarán el certificado para ingresar a los ejidos urbanos, así como también de su autorización expresa a permitir el rastreo de su recorrido, mediante el sistema de registro que cada jurisdicción habilite a tal fin”. Se debe detallar el recorrido y el lugar donde residirá y donde prestará servicio y/o entregará los insumos y mercadería. Por último, deberá presentar el protocolo sanitario específico de acuerdo a la actividad para el lugar de trabajo autorizado para el ingreso.
  • Cada vehículo podrá transportar como máximo dos personas, quienes deberán viajar con tapaboca y tener al alcance alcohol en gel. Además, “deberán someterse  a control de temperatura por parte del personal sanitario o policial cada vez que sea requerido”. Si se “estima necesario”, deberán someterse a un nuevo test rápido
  • Los últimos puntos del convenio firmado el último día de septiembre dejan en claro que no se “podrán realizar paradas intermedias” entre las zonas limítrofes y destino “comprometiéndose a seguir todas las indicaciones de las autoridades policiales de cada jurisdicción”.
  • Por último, se establece que el reingreso deberá ser dentro de los siete días de realizado el cruce, informando al personal policial procedencia y destino.

Convenio Ingreso Act. Esenc. Sgo Sta Fe.pdf

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